{"id":8911,"date":"2024-06-07T17:02:37","date_gmt":"2024-06-07T21:02:37","guid":{"rendered":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/sin-categorizar\/los-abogados-defensores-de-los-trabajadores-voluntariamente-ciegos-deben-abstenerse-de-interferir-torticeramente-en-la-relacion-contractual-entre-los-abogados-y-sus-clientes\/"},"modified":"2024-06-07T17:03:53","modified_gmt":"2024-06-07T21:03:53","slug":"los-abogados-defensores-de-los-trabajadores-voluntariamente-ciegos-deben-abstenerse-de-interferir-torticeramente-en-la-relacion-contractual-entre-los-abogados-y-sus-clientes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/consejos-para-los-abogados\/los-abogados-defensores-de-los-trabajadores-voluntariamente-ciegos-deben-abstenerse-de-interferir-torticeramente-en-la-relacion-contractual-entre-los-abogados-y-sus-clientes\/","title":{"rendered":"Los abogados defensores de los trabajadores voluntariamente ciegos deben abstenerse de interferir torticeramente en la relaci\u00f3n contractual entre los abogados y sus clientes"},"content":{"rendered":"<p>[et_pb_section fb_built=\u00bb1&#8243; _builder_version=\u00bb4.16&#8243; collapsed=\u00bboff\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb][et_pb_row _builder_version=\u00bb4.20.4&#8243; background_size=\u00bbinitial\u00bb background_position=\u00bbtop_left\u00bb background_repeat=\u00bbrepeat\u00bb width=\u00bb100%\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb][et_pb_column type=\u00bb4_4&#8243; _builder_version=\u00bb4.16&#8243; custom_padding=\u00bb|||\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb custom_padding__hover=\u00bb|||\u00bb][et_pb_text _builder_version=\u00bb4.23.1&#8243; background_size=\u00bbinitial\u00bb background_position=\u00bbtop_left\u00bb background_repeat=\u00bbrepeat\u00bb custom_margin=\u00bb-83px||||false|false\u00bb custom_margin_tablet=\u00bb-83px||||false|false\u00bb custom_margin_phone=\u00bb-83px||||false|false\u00bb custom_margin_last_edited=\u00bbon|phone\u00bb hover_enabled=\u00bb0&#8243; global_colors_info=\u00bb{}\u00bb sticky_enabled=\u00bb0&#8243;]<\/p>\n<p>A la luz de dos decisiones del Tribunal de la Commonwealth de Pensilvania,  <em>Neves contra Workers&#8217; Comp. Comisi\u00f3n de Apelaci\u00f3n (Am. Airlines)<\/em>, 232 A.3d 996 (Pa. Cmwlth. 2020), y  <em>Williams v. Ciudad de Phila. (Comisi\u00f3n de Recursos Laborales)<\/em>, 2024 Pa. Com. LEXIS 89, los abogados de los demandantes de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo se topan con demasiada frecuencia con intentos de injerencia en la relaci\u00f3n contractual con sus clientes en relaci\u00f3n con los honorarios legales a los que tienen derecho seg\u00fan la legislaci\u00f3n de Pensilvania.<\/p>\n<p>Los medios utilizados para obstaculizar la aprobaci\u00f3n de la tasa no s\u00f3lo son t\u00e1cticas de litigio viciadas, sino que podr\u00eda decirse que alcanzan el nivel de interferencia il\u00edcita. Aunque algunos prefieren ignorar deliberadamente el lenguaje claro del art\u00edculo 442 de la Ley de Pa. Workers&#8217; Compensation Act, as\u00ed como su clara interpretaci\u00f3n en <em>Neves y Williams<\/em>, pedimos al Pa. Colegio de Abogados de Defensa de la Compensaci\u00f3n de los Trabajadores a abstenerse de interferir torticeramente en la relaci\u00f3n contractual entre los trabajadores lesionados y sus abogados so pretexto de un \u00abbien mayor\u00bb. Sugerimos respetuosamente que los jueces sean proactivos y no permitan este agravio.<\/p>\n<h2>El d\u00fao Neves-Williams<\/h2>\n<p><em>Neves<\/em> hizo varias afirmaciones claras. En primer lugar, los honorarios previstos en el art\u00edculo 442 son distintos de los previstos en el art\u00edculo 440 (por impugnaciones irrazonables): \u00abEl art\u00edculo 442 de la Ley&#8230; no exige que se demuestre que un 20% de los honorarios del abogado por una indemnizaci\u00f3n m\u00e9dica son razonables\u00bb.<\/p>\n<p>En segundo lugar, \u00abel art\u00edculo 442 de la Ley establece, sin ambages, que el [Workers\u2019 Compensation Judge (WCJ)] debe aprobar &#8216;todos los honorarios de abogado, acordados por el demandante y sus abogados, por los servicios prestados en asuntos tramitados ante cualquier [WCJ] o la junta&#8230; siempre que los honorarios de abogado no superen el veinte por ciento de la cantidad concedida'\u00bb.<\/p>\n<p>En tercer lugar, \u00abun 20% de honorarios de abogado es <em>per se<\/em> razonable\u00bb.<\/p>\n<p>El tribunal tambi\u00e9n acept\u00f3 una analog\u00eda hecha por el demandante con la subrogaci\u00f3n: \u00ab[Un] proveedor m\u00e9dico que se beneficia de los esfuerzos del abogado de un demandante no puede esperar que se le exima de pagar una parte justa de los honorarios del abogado\u00bb.<\/p>\n<p>As\u00ed pues, <em>Neves<\/em> no deja lugar a dudas: una tarifa de abogado del 20% sobre las facturas m\u00e9dicas es razonable <em>per se<\/em>. Fin de la discusi\u00f3n.<\/p>\n<p>El 21 de marzo de 2024, el Tribunal de la Commonwealth tuvo que emitir otra decisi\u00f3n con un mensaje claro: \u00abQuer\u00edamos decir exactamente lo que dijimos en <em>Neves<\/em>\u00ab. En <em>Williams<\/em>, el Tribunal rechaz\u00f3 la conclusi\u00f3n de la Workers&#8217; Compensation Appeal Board (WCAB) de que el demandante no pod\u00eda aceptar un acuerdo de honorarios del 20% aplicable a gastos m\u00e9dicos futuros y a\u00fan desconocidos. Al hacerlo, sostuvo que la sentencia de <em>Neves<\/em> es amplia y no se limita a los gastos m\u00e9dicos ya producidos.<\/p>\n<p>En segundo lugar, el tribunal <em>Williams<\/em> sostuvo que el art\u00edculo 306(f.1)(7) de la Ley de Pa. La Ley de Indemnizaci\u00f3n por Accidentes de Trabajo no se limita a prohibir que un proveedor m\u00e9dico facture la diferencia entre lo que cobra el proveedor y la tasa de reembolso aprobada por Medicare. M\u00e1s bien, \u00abproh\u00edbe a un proveedor facturar a un demandante <em>cualquier<\/em> coste relacionado con la atenci\u00f3n prestada en virtud de la Ley y <em>cualquier<\/em> cantidad que refleje la diferencia entre lo cobrado por el proveedor y la cantidad pagada\u00bb.<\/p>\n<p>Como en  <em>Neves<\/em>, el Tribunal de la Commonwealth se sinti\u00f3 de nuevo obligado a hacer un llamamiento a los litigantes y decisores para que dejaran el trabajo de la Asamblea General a la Asamblea General, citando su  <em>Neves<\/em> que \u00ab[c]uando una ley es clara y carece de ambig\u00fcedad, &#8216;no debe ignorarse su letra so pretexto de perseguir su esp\u00edritu'\u00bb.<\/p>\n<h2>Los abogados defensores de los trabajadores intentan -sin \u00e9xito- eludir una jurisprudencia inequ\u00edvoca<\/h2>\n<p>Frente a una jurisprudencia que deja claro que los honorarios de contingencia del 20% son <em>per se<\/em> razonables, los abogados defensores de las indemnizaciones por accidentes de trabajo intentan introducirse en las sagradas relaciones que los trabajadores lesionados mantienen con sus abogados e intentan perturbar las relaciones que estos trabajadores mantienen con los m\u00e9dicos que los tratan.<\/p>\n<p>En primer lugar, el abogado defensor suele interrogar de forma inapropiada<em>(es decir<\/em>, carente de relevancia) a los trabajadores lesionados en el contrainterrogatorio sobre el acuerdo de honorarios con su abogado, vulnerando el secreto profesional abogado-cliente, a menudo mediante preguntas especulativas. El abogado defensor podr\u00eda preguntar: \u00ab\u00bfTe ha explicado tu abogado que si, digamos, dentro de diez a\u00f1os, su bufete quiebra y no puede representarte frente a un proveedor m\u00e9dico que te demanda por la diferencia del 20% en su factura, podr\u00edas estar en la cuerda floja por ese dinero, junto con sanciones adicionales?\u00bb Un estudiante de primer a\u00f1o de Derecho detectar\u00eda aqu\u00ed una infracci\u00f3n del secreto profesional abogado-cliente, junto con problemas de especulaci\u00f3n y de forma de la pregunta, y se opondr\u00eda correctamente a la pregunta. <em>Neves<\/em> y <em>Williams<\/em> dejan claro que un 20% de honorarios condicionales sobre todas las prestaciones -incluidas las m\u00e9dicas- es <em>per se<\/em> razonable. Esas decisiones tambi\u00e9n dejan claro que la defensa no tiene ninguna exposici\u00f3n ni responsabilidad. Por tanto, cualquier examen carece de relevancia y es un agravio.<\/p>\n<p>En segundo lugar, el abogado defensor suele interrogar a los m\u00e9dicos tratantes durante su declaraci\u00f3n como peritos en <em>el voir dire<\/em> sobre el acuerdo de honorarios entre el trabajador lesionado y el abogado del demandante, y su disposici\u00f3n a aceptar el 80% de su factura. En ese escenario, el abogado defensor (parte D) hace preguntas a un m\u00e9dico (parte C), que no est\u00e1 representado por abogado, sobre su comprensi\u00f3n y acuerdo con el contrato entre el abogado de un demandante (parte B) y el demandante (parte A). Cabe preguntarse: \u00bfCu\u00e1l es la relevancia de cualquier posible respuesta a la luz de <em>Neves<\/em> y <em>Williams<\/em>? Nadie lo sabe ya que, como se ha dicho, la defensa no tiene ninguna responsabilidad.<\/p>\n<p>A pesar de ese cuestionamiento, el abogado defensor carece aparentemente del requisito constitucional previo de legitimaci\u00f3n para presentar una objeci\u00f3n a ese 20%.  <em>propiamente dicho<\/em>  importes razonables de los honorarios. Aunque la legitimaci\u00f3n suele considerarse la llave de la puerta del juzgado y los tribunales muy ocupados la utilizan para desestimar demandas a medias, tambi\u00e9n se utiliza para impedir la presentaci\u00f3n de una objeci\u00f3n. (<em>Brown contra Estados Unidos<\/em>411 U.S. 223 (1973)). Una parte s\u00f3lo puede presentar una objeci\u00f3n si tiene legitimaci\u00f3n; de lo contrario, la parte carece de base para objetar.<\/p>\n<p>Para obtener la legitimaci\u00f3n, el abogado defensor tendr\u00eda que demostrar, entre otras cosas, que se viol\u00f3 su derecho legal y se produjo un perjuicio de hecho. Cuando un trabajador accidentado (parte A) contrata con su abogado (parte B) pagar el 20% de todas las prestaciones, lo que incluye las prestaciones m\u00e9dicas concedidas por un juez y proporcionadas por un proveedor m\u00e9dico (parte C), obviamente un abogado defensor que s\u00f3lo representa a un empresario y\/o aseguradora (parte D) carece de legitimaci\u00f3n para oponerse al contrato. No se viol\u00f3 ning\u00fan derecho legal del empresario ni de la aseguradora. Adem\u00e1s, no existe perjuicio de hecho sufrido por los demandados.<\/p>\n<p>La tasa del 20% que es razonable <em>per se<\/em> para las facturas m\u00e9dicas pagadas es la misma que para la concesi\u00f3n de indemnizaciones retroactivas y prospectivas. No hay ninguna diferencia.<\/p>\n<p>En los casos en que la defensa comete m\u00faltiples infracciones similares, dicha conducta se eleva al nivel de interferencia torticera en la relaci\u00f3n contractual entre un trabajador lesionado y su abogado.<\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1l es la motivaci\u00f3n aqu\u00ed?<\/h2>\n<p>La verdadera pregunta es \u00bfpor qu\u00e9 se comportan as\u00ed los abogados defensores? Algunos dir\u00edan que est\u00e1n celosos. Eso no tiene sentido. Son profesionales sujetos a un juramento y a unas normas de responsabilidad profesional. Sencillamente, no es as\u00ed. De hecho, si estuvieran tan celosos, podr\u00edan simplemente empezar a trabajar del lado de los demandantes.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9? \u00bfCu\u00e1l es la motivaci\u00f3n para correr el riesgo de una demanda por intromisi\u00f3n ileg\u00edtima?<\/p>\n<p>Se trata de dinero y de los beneficios de la industria aseguradora. Ahora mismo, las compa\u00f1\u00edas de seguros saben que los trabajadores lesionados no podr\u00e1n encontrar un m\u00e9dico ni recibir tratamiento m\u00e9dico sin la ayuda de un abogado. No tenemos m\u00e1s que mirar al sistema federal de indemnizaci\u00f3n de los trabajadores y al Seguro de Invalidez de la Seguridad Social en el periodo anterior a la concesi\u00f3n de honorarios a los abogados para comprender la dif\u00edcil situaci\u00f3n de los estadounidenses lesionados y discapacitados que no ten\u00edan acceso a representaci\u00f3n legal cuando buscaban prestaciones a las que ten\u00edan derecho legalmente.<\/p>\n<p>Como saben los veteranos del sistema de indemnizaci\u00f3n de los trabajadores de Pensilvania, los trabajadores lesionados pod\u00edan encontrar muy pocos abogados que les representaran antes de 1986 y de la decisi\u00f3n del Distrito Este de Pensilvania en el caso <em>Baksalary contra Smith<\/em>. Conceder los honorarios de los abogados mediante una decisi\u00f3n de sustituci\u00f3n no s\u00f3lo aument\u00f3 el acceso de los trabajadores lesionados a los abogados, sino tambi\u00e9n la calidad de la representaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Seguimos rasc\u00e1ndonos la cabeza con perplejidad y absoluta decepci\u00f3n ante tantas personas que no parecen comprender el beneficio de <em>Baksalary<\/em>, <em>Neves<\/em> y ahora <em>Williams<\/em> para los trabajadores lesionados. Esta resistencia s\u00f3lo causa problemas a los trabajadores lesionados que buscan representaci\u00f3n legal para recuperar los gastos m\u00e9dicos. Este retroceso perjudica a los demandantes al no ayudarles a obtener la atenci\u00f3n m\u00e9dica que necesitan.  <\/p>\n<p>No hay ning\u00fan perjuicio ni riesgo para ellos en que alguien les ayude a conseguir estos cuidados sin coste alguno para ellos. A los trabajadores lesionados no les cuesta ni un c\u00e9ntimo. De hecho, la falta de participaci\u00f3n de los abogados s\u00f3lo hace que el sistema sea menos eficaz para la mayor\u00eda de las partes implicadas.<\/p>\n<p>El resultado final es que <em>Neves<\/em> y <em>Williams<\/em> permiten a los trabajadores lesionados obtener m\u00e1s f\u00e1cilmente representaci\u00f3n legal para el cobro de prestaciones m\u00e9dicas, al tiempo que animan a los proveedores m\u00e9dicos a participar en el sistema de indemnizaci\u00f3n de los trabajadores, sabiendo que los abogados perseguir\u00e1n activamente el pago de las facturas m\u00e9dicas pendientes.<\/p>\n<p><em>Neves<\/em> y <em>Williams<\/em> promueven la equidad, la protecci\u00f3n y la eficacia del sistema de indemnizaci\u00f3n de los trabajadores de Pensilvania. Garantizan que los trabajadores lesionados reciban la atenci\u00f3n m\u00e9dica que necesitan, al tiempo que mantienen, si no aumentan, el n\u00famero de proveedores m\u00e9dicos dispuestos a tratar a esos trabajadores.<\/p>\n<p>[\/et_pb_text][et_pb_divider color=\u00bb#F2F2F2&#8243; divider_weight=\u00bb2px\u00bb _builder_version=\u00bb4.18.0&#8243; _module_preset=\u00bbdefault\u00bb custom_margin=\u00bb||10px||false|false\u00bb animation_style=\u00bbslide\u00bb animation_duration=\u00bb850ms\u00bb animation_intensity_slide=\u00bb10%\u00bb locked=\u00bboff\u00bb global_colors_info=\u00bb{}\u00bb][\/et_pb_divider][et_pb_text _builder_version=\u00bb4.23.1&#8243; background_size=\u00bbinitial\u00bb background_position=\u00bbtop_left\u00bb background_repeat=\u00bbrepeat\u00bb custom_margin=\u00bb||||false|false\u00bb custom_margin_tablet=\u00bb-83px||||false|false\u00bb custom_margin_phone=\u00bb-83px||||false|false\u00bb custom_margin_last_edited=\u00bbon|desktop\u00bb hover_enabled=\u00bb0&#8243; global_colors_info=\u00bb{}\u00bb sticky_enabled=\u00bb0&#8243;]<\/p>\n<p><em><a href=\"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/acerca-de\/nuestros-abogados\/samuel-h-pond\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Samuel H. Pond<\/a> es socio director de <a href=\"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Pond Lehocky Giordano LLP<\/a>, el mayor bufete de abogados de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo e incapacidad de la Seguridad Social de Pensilvania, y uno de los mayores de EE.UU. <a href=\"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/acerca-de\/nuestros-abogados\/vladimir-dorash\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Vladimir Dorash<\/a> es abogado de indemnizaci\u00f3n por accidentes de trabajo del bufete. Puedes ponerte en contacto con ellos en <a href=\"mailto:spond@pondlehocky.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">spond@pondlehocky.com<\/a> y <a href=\"mailto:udorash@pondlehocky.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">udorash@pondlehocky.com<\/a>, respectivamente.<\/em><\/p>\n<p><em>Reimpreso con permiso de la edici\u00f3n del 17 de mayo de 2024 de The Legal Intelligencer \u00a9 2024 ALM Media Properties, LLC. Todos los derechos reservados. Queda prohibida la reproducci\u00f3n sin autorizaci\u00f3n. P\u00f3ngase en contacto con el 877-257-3382 o <a href=\"mailto:reprints@alm.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">reprints@alm.com.<\/a><\/em><\/p>\n<p>[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A la luz de dos decisiones del Tribunal de la Commonwealth de Pensilvania, Neves contra Workers&#8217; Comp. Comisi\u00f3n de Apelaci\u00f3n (Am. Airlines), 232 A.3d 996 (Pa. Cmwlth. 2020), y Williams v. Ciudad de Phila. (Comisi\u00f3n de Recursos Laborales), 2024 Pa. Com. 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