{"id":5371,"date":"2019-03-22T00:00:00","date_gmt":"2019-03-22T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/los-cambios-en-la-normativa-suponen-un-reto-para-los-abogados-de-la-seguridad-social-especializados-en-incapacidades\/"},"modified":"2023-06-29T14:46:45","modified_gmt":"2023-06-29T14:46:45","slug":"los-cambios-en-la-normativa-suponen-un-reto-para-los-abogados-de-la-seguridad-social-especializados-en-incapacidades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/discapacidad-de-la-seguridad-social\/los-cambios-en-la-normativa-suponen-un-reto-para-los-abogados-de-la-seguridad-social-especializados-en-incapacidades\/","title":{"rendered":"Los cambios en la normativa suponen un reto para los abogados de la Seguridad Social especializados en incapacidades"},"content":{"rendered":"<div id=\"et-boc\" class=\"et-boc\">\n<div class=\"et_builder_inner_content et_pb_gutters3\">\n<div class=\"et_pb_section et_pb_section_0 et_section_regular\">\n<div class=\"et_pb_row et_pb_row_0\">\n<div class=\"et_pb_column et_pb_column_4_4 et_pb_column_0 et_pb_css_mix_blend_mode_passthrough et-last-child\">\n<div class=\"et_pb_module et_pb_text et_pb_text_0 et_pb_bg_layout_light et_pb_text_align_left\">\n<div class=\"et_pb_text_inner\">\n<h4 class=\"article-description hidden-xs hidden-sm\">Los cambios en las normas y reglamentos de la Seguridad Social en materia de discapacidad han tendido a dificultar la gesti\u00f3n de los casos por parte de los abogados que representan a los demandantes, a evaluar la posible solidez de las demandas y a retirarse de los casos en los que los demandantes no cooperan o han desaparecido.<\/h4>\n<p>En los \u00faltimos dos a\u00f1os, la Administraci\u00f3n de la Seguridad Social (SSA) ha introducido una serie de cambios recientes en las normas y reglamentos que rigen los casos de discapacidad de la Seguridad Social. Estos cambios han tendido a dificultar la gesti\u00f3n de los casos por parte de los abogados que representan a los demandantes del SSD, a evaluar la posible solidez de las demandas y a retirarse de los casos en los que los demandantes no cooperan o han desaparecido. Esto puede hacer que la gesti\u00f3n de un consultorio basado en las cuotas contingentes sea mucho m\u00e1s compleja.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n se presentan algunos de esos cambios recientes y sus efectos en la pr\u00e1ctica de la incapacidad de la Seguridad Social.<\/p>\n<h2>La \u00abregla de los cinco d\u00edas<\/h2>\n<p>El primer cambio importante fue la aplicaci\u00f3n de la llamada \u00abregla de los cinco d\u00edas\u00bb. Seg\u00fan la secci\u00f3n 404.935 del 20 C.F.R., que entr\u00f3 en vigor en mayo de 2017, todas las pruebas deben presentarse al menos cinco d\u00edas h\u00e1biles antes de la audiencia, o el juez debe ser informado sobre las pruebas. La norma establece que el juez de derecho administrativo (ALJ) puede negarse a considerar cualquier prueba que se haya presentado fuera de plazo.<\/p>\n<p>Algunos jueces han adoptado una l\u00ednea dura con respecto a esta norma y no permiten que se presente ninguna prueba despu\u00e9s de la vista sin una causa justificada. La cuesti\u00f3n se complica a\u00fan m\u00e1s porque hay muy pocas normas concretas que definan lo que constituye una causa justificada para la presentaci\u00f3n de pruebas en los cinco d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la audiencia. La aplicaci\u00f3n de esta norma de buena causa var\u00eda dr\u00e1sticamente en funci\u00f3n de la interpretaci\u00f3n de la normativa por parte del ALJ.<\/p>\n<p>Esta norma resulta especialmente dif\u00edcil de cumplir cuando se representa a clientes con discapacidades que implican limitaciones mentales. A veces, las limitaciones derivadas de la discapacidad de un cliente pueden impedirle informar a los abogados sobre todos sus proveedores m\u00e9dicos a tiempo. Adem\u00e1s, los demandantes casi siempre tendr\u00e1n registros m\u00e9dicos adicionales porque su tratamiento est\u00e1 en curso, sin embargo, esta norma permite a los ALJ ignorar las pruebas que son materialmente relevantes si no consideran que se cumpli\u00f3 la buena causa.<\/p>\n<h2>Retirada de la representaci\u00f3n<\/h2>\n<p>La SSA implement\u00f3 la secci\u00f3n 404.1740(b)(3)(iv) del 20 C.F.R., que establece que una vez programada una audiencia, un abogado s\u00f3lo puede retirar su representaci\u00f3n en \u00abcircunstancias extraordinarias\u00bb. Esta norma entr\u00f3 en vigor en agosto de 2018.<\/p>\n<p>Esto es problem\u00e1tico por muchas razones, incluyendo el hecho de que la representaci\u00f3n del SSD se basa en honorarios contingentes. La norma puede impedir que un abogado renuncie a la representaci\u00f3n si ha obtenido informaci\u00f3n adicional sobre la solidez del caso que no hab\u00eda estado disponible anteriormente. Adem\u00e1s, crea m\u00e1s dificultades para los abogados que tratan con reclamantes dif\u00edciles o con los que han desaparecido o con los que es imposible contactar.<\/p>\n<p>Algunos ALJ se han negado a permitir que los abogados se retiren de la representaci\u00f3n una vez que se les ha programado una audiencia. Tambi\u00e9n tienen autoridad para emitir sanciones. Uno de los principales obst\u00e1culos de la nueva norma es el hecho de que las \u00abcircunstancias extraordinarias\u00bb a\u00fan no se han definido y pueden variar mucho de un ALJ a otro.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la programaci\u00f3n de las audiencias var\u00eda dr\u00e1sticamente, ya que se producen entre 12 y 24 meses despu\u00e9s de la presentaci\u00f3n de una solicitud de audiencia. Los abogados del SSD son notificados de que se ha programado una audiencia cuando recibimos el Aviso de Audiencia fijando una fecha y hora. Los abogados de los demandantes se ven obligados a jugar a las adivinanzas cuando preparan un caso, sobre todo si se trata de un demandante dif\u00edcil, que no responde o est\u00e1 ausente.<\/p>\n<h2>Ninguna deferencia con los m\u00e9dicos tratantes<\/h2>\n<p>La forma en que la SSA considera las opiniones m\u00e9dicas cambi\u00f3 significativamente el 27 de marzo de 2017, cuando entr\u00f3 en vigor la secci\u00f3n 404.1520c del 20 C.F.R.<\/p>\n<p>Bajo la norma anterior, 20 C.F.R. Secci\u00f3n 404.1527, se daba una deferencia considerable a la opini\u00f3n de un m\u00e9dico tratante sobre las limitaciones de un paciente. Si la opini\u00f3n era coherente con el peso de las pruebas m\u00e9dicas, el ALJ deb\u00eda darle un peso determinante. Si no era coherente, el ALJ deb\u00eda decidir el peso de una opini\u00f3n m\u00e9dica en el expediente.<\/p>\n<p>Con la nueva norma, las opiniones del m\u00e9dico tratante ya no reciben ninguna deferencia ni se les asigna un peso probatorio espec\u00edfico. La nueva norma utiliza t\u00e9rminos como \u00absustentabilidad\u00bb y \u00abcoherencia\u00bb, lo que debilita en general las opiniones de los m\u00e9dicos tratantes sobre las limitaciones y capacidades de sus pacientes. Esto permite un margen de maniobra mucho mayor a un ALJ para desestimar estos dict\u00e1menes directamente.<\/p>\n<h2>Regla de \u00abtodas las pruebas<\/h2>\n<p>La SSA tambi\u00e9n ha modificado la secci\u00f3n 404.1512 del 20 C.F.R. para exigir que los solicitantes y sus abogados presenten o pongan en conocimiento del ALJ todas las pruebas de las que tengan conocimiento en relaci\u00f3n con su solicitud de discapacidad, incluidas las pruebas adversas. Antes del cambio, que entr\u00f3 en vigor en marzo de 2017, los abogados solo necesitaban presentar pruebas \u00abmateriales\u00bb para la cuesti\u00f3n de si el demandante est\u00e1 discapacitado.<\/p>\n<p>La enmienda exige ahora que los abogados presenten evaluaciones de la capacidad funcional residual, o \u00abRFC\u00bb, que ellos mismos han elaborado y enviado a los m\u00e9dicos de los demandantes para que las completen. Se puede argumentar que estos RFC son productos de trabajo de los abogados que no ser\u00edan descubiertos en otros tipos de casos.<\/p>\n<h2>Divulgaci\u00f3n de las remisiones a los m\u00e9dicos<\/h2>\n<p>La SSA tambi\u00e9n ha a\u00f1adido 20 C.F.R. Secci\u00f3n 404.1740 (b)(5), que requiere que los abogados ahora deben revelar si ha referido a un reclamante a un m\u00e9dico que proporcion\u00f3 una opini\u00f3n sobre las capacidades y limitaciones del reclamante. Esto incluye cuando un bufete ha remitido a un cliente a un m\u00e9dico para otro asunto, como una reclamaci\u00f3n de indemnizaci\u00f3n laboral o una demanda por lesiones personales.<\/p>\n<p>Esta revelaci\u00f3n puede cuestionar injustamente o poner en duda la legitimidad del propio tratamiento o de los dict\u00e1menes ofrecidos. Durante a\u00f1os, los demandantes han confiado en sus abogados para que les ayuden a encontrar m\u00e9dicos respetados que traten sus dolencias. Los abogados especializados en SSD, que deben tratar frecuentemente con proveedores m\u00e9dicos, est\u00e1n en una posici\u00f3n \u00fanica para ayudar a los clientes a encontrar proveedores m\u00e9dicos. Estas remisiones forman parte del servicio integral que prestan los abogados y que no deben utilizarse en contra de los clientes.<\/p>\n<h2>Peligros que hay que evitar<\/h2>\n<p>Las nuevas normas aplicadas en los dos \u00faltimos a\u00f1os plantean importantes retos a los abogados que representan a los solicitantes de prestaciones por incapacidad de la Seguridad Social. Han creado considerables trampas y obst\u00e1culos que los abogados y sus clientes deben evitar al navegar por el proceso de audiencia del SSD. Varios de los cambios en las normas imponen restricciones tanto en la forma de presentar las pruebas como en la importancia que se les da, lo que proporciona a los ALJ una mayor libertad a la hora de denegar las reclamaciones.<\/p>\n<p>Las nuevas normas han convertido un proceso confuso y desafiante en algo mucho m\u00e1s dif\u00edcil de navegar. Un paso en falso en el camino puede hacer que se rechace una solicitud de SSD, dejando al solicitante sin beneficios. Estos cambios subrayan la necesidad de que los solicitantes cuenten con un abogado experimentado que les represente en sus casos de SSD.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los cambios en las normas y reglamentos de la Seguridad Social en materia de discapacidad han tendido a dificultar la gesti\u00f3n de los casos por parte de los abogados que representan a los demandantes, a evaluar la posible solidez de las demandas y a retirarse de los casos en los que los demandantes no cooperan [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":12,"featured_media":4230,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[128],"tags":[],"class_list":["post-5371","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-discapacidad-de-la-seguridad-social"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5371","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/12"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5371"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5371\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4230"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5371"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5371"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/old.pondlehocky.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5371"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}